Información
para los venezolanos residentes en Rusia
Expedición de
pasaportes
Renovación:
- 4 fotografías tipo pasaporte ( 2"x 2").
- El pasaporte anterior, ya vencido.
- Llenar planilla correspondiente.
- Cancelar al Consulado de Venezuela la cantidad de 80.00 dólares americanos.
En caso de extravío:
Presentar la denuncia respectiva ante las autoridades locales.
Cédula de Identidad, o en su defecto, copia de la partida
de nacimiento.
Llenar planilla correspondiente.
Cancelar al Consulado de Venezuela la cantidad de 80.00 dólares americanos.
Equivalencia de
estudios realizados fuera de Venezuela
Instrucciones para solicitar equivalencias de
estudios realizados fuera de Venezuela
Los documentos que acrediten haber cursado y
aprobado estudios en el exterior, deben estar legalizados en el país donde se
cursaron los mismos por:
- Ministerio de Educación
- Ministerio de Relaciones Exteriores del lugar donde cursó
estudios
- Embajada de Venezuela
Traer relación de notas año por año. En el caso de tener algún
título, certificado o diploma, presentarlo también
Información del
Registro Militar
De acuerdo con la Directiva No. MRI-MD-66-88, del 11 de enero
de 1988, y lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Conscripción Militar,
los venezolanos residentes en el exterior tienen la obligación de inscribirse
en el registro militar dentro de los sesenta (60) días siguientes de la fecha
en la cual cumplan 18 años de edad; de igual forma, los venezolanos por naturalización
cuya edad esté comprendida entre los 18 y 50 años de edad, dentro de los sesenta
(60) días siguientes a la fecha de su naturalización.
Para inscribirse en el Registro Militar debe:
- Presentarse en el Consulado de Venezuela.
- Traer seis fotos tamaño carnet.
- Cédula de Identidad y el Pasaporte.
- Constancia de Grupo Sanguíneo.
Para solicitar diferimiento por razones de estudios
debe:
- Traer carta de solicitud de diferimiento.
- Ultimas calificaciones obtenidas en el lugar de estudios.
- Constancia de estudios otorgada por la entidad educativa.
Estos documentos deben estar traducidos al español. Los originales deben ser
legalizados y autenticados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la
Federación de Rusia. Las traducciones deben ser hechas a máquina.
Para solicitud de diferimiento por ser sostén de familia
debe:
- Traer carta de solicitud de diferimiento.
- Carta de trabajo con traducción al español.
- Certificado de matrimonio, el cual debe estar traducido al
español notariada y autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores
de la Federación de Rusia. El certificado de Matrimonio y la traducción deben
ser legalizadas por el Consulado de Venezuela. Las traducciones deben ser
hechas a máquina.
Requisitos para
llevar su automóvil y enseres personales
Régimen de equipaje de pasajeros:
"Se consideran pasajeros todas aquellas personas
nacionales o residentes en el país que entren o salgan del territorio nacional,
por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, a bordo de vehículos
de transporte público o privado.
Vehículos:
La importación de vehículos usados para el transporte de personas,
que ingresen bajo el Régimen de equipaje de Pasajeros, política ésta regulada
mediante Resolución del Ministerio de Hacienda Nro. 924 de fecha 29 de agosto
de 1991, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nro. 34.790,
de fecha 03 de setiembre de 1991, contempla lo siguiente:
- Cada pasajero sólo podrá introducir formando parte de su
equipaje, un vehículo sin restricción en cuanto a marca y modelo.
- El pasajero debe ser mayor de edad y haber permanecido en
el exterior por un período no menor de un (1) año, pudiendo dicho lapso haber
sido interrumpido, por cortas salidas y entradas, es decir, que su residencia
no debe cambiar.
- El vehículo debe ser propiedad y de uso personal del pasajero,
debiendo estar amparado por patente o certificado original de registro expedido
a su nombre por la autoridad competente en el país de procedencia de vehículo.
Dicho certificado debe se expedido con no menos de once (11) meses antes de
ingreso del pasajero al país.
- A los efectos de la nacionalización del vehículo, objeto
de este régimen, el interesado deberá presentar documentación debidamente
legalizada ante el Cónsul de Venezuela o quien haga sus veces, donde conste
que el interesado ha utilizado el vehículo en calidad de propietario por un
período no menor de once (11) meses. Dicha Documentación deberá incluir la
Factura Original de la Compra efectuada por el pasajero o documento sustitutivo
de la compraventa del respectivo país, y llenar la planilla correspondiente.
- Los vehículos automóviles para el transporte de personas
que ingresen al país bajo éste régimen, estarán liberados del pago de Impuestos
de Importación, es decir sólo deberán cancelar el monto de la Tasa por Servicios
de Aduana equivalente al 1% sobre el valor CIF del vehículo, siempre que su
valor en estado nuevo no supere en moneda nacional el equivalente a veinte
mil dólares (US $ 20.000) de los Estados Unidos de Norteamérica; en cuyo caso
deberán cancelar además del impuesto previsto en el Arancel de Aduanas, 35%
ad valorem sobre el valor CIF del vehículo.
NOTA: Los vehículos
que ingresen bajo este régimen, no podrán ser cedidos ni traspasados dentro
de un lapso de tres (3) años, contados a partir de la nacionalización del mismo.
Igualmente, bajo este régimen no podrán introducir otro vehículo al país, sino
después de transcurridos tres (3) años.
Menaje de casa:
El Decreto Nro. 3.175 del 30 de setiembre de 1993, publicado
en la Gaceta Oficial Nro. 35.313 del 07 de octubre de 1993, reglamento de la
ley Orgánica de aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros
Regímenes Aduaneros Especiales, contempla en el Artículo 136.
El menaje de casa estará libre del pago de gravámenes aduaneros
siempre que el mismo haya sido usado por el pasajero en el exterior durante
un tiempo no menor de seis (6) meses. A tales efectos el pasajero deberá presentar
la respectiva certificación de uso expedida por la autoridad consular competente.
La introducción de los vehículos considerados como equipaje
se regirá por las disposiciones que dicte el Ministerio de Hacienda mediante
resolución".
Por favor llene la planilla correspondiente y llévela al Consulado
de Venezuela para ser legalizada
- Planilla para llevarse su automóvil
y sus enseres a Venezuela
- Planilla para llevarse su automóvil a Venezuela
- Planilla para llevarse sus enseres
a Venezuela
Trámites para
el traslado de un cadáver a Venezuela
- Obtener el certificado de defunción, legalizarlo
y presentarlo por sextuplicado al Consulado.
- Obtener de la agencia funeraria el certificado que la autoriza
para actuar como embalsamadores y legalizar tres copias y presentarlas al
Consulado de Venezuela.
- La urna debe ir dentro de una caja de metal sellada y ambas
dentro de una caja de madera.
- Certificado de Tránsito, legalizado por el Consulado de Venezuela,
debe ir fijado en la parte de afuera de la caja de madera. Tres copias deben
ser firmadas por el representante del Departamento de Estadísticas vitales
del respectivo Estado
- Agencia Funeraria debe presentar al Consulado para su debida
legalización, el certificado que la autorice para actuar como embalsamadores.
Tres copias, estas copias deben estar notariadas y certificadas por el Ministerio
de Relaciones Exteriores de la Federación de Rusia.
- El Certificado de Defunción debe ser presentado al Consulado
de Venezuela por sextuplicado. Tres copias legalizadas se le devuelven al
interesado y las otras tres, legalizadas, se enviarán al Ministerio de Relaciones
Exteriores de Venezuela, junto con la participación oficial de defunción de
un venezolano. Estas copias deben ser firmadas por el representante del Departamento
de Estadísticas Vitales, del respectivo Estado
- El interesado o la persona que reciba el cadáver en Venezuela,
debe presentar a las autoridades los documentos siguientes:
- Certificado de Defunción, legalizado
- Certificado de Tránsito, legalizado
- Certificado de Autorización, legalizado
Presentación de
hijos de venezolanos en Rusia y Ucrania
Llenar la planilla correspondiente en el Consulado de Venezuela.
Presentarse al Consulado de Venezuela con la siguiente información:
- Fotocopia de las cédulas de Identidad o Pasaportes, válidos,
de ambos padres.
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de nacimiento expedido por el Departamento de
Estadísticas Vitales del estado donde nació el menor.
- En caso de que uno de los padres sea extranjero o venezolano
por naturalización, debe realizar la declaración de Voluntad de ser venezolano
del menor, según lo previsto en el artículo 35 de la Constitución Nacional
Requisitos para
registrar el matrimonio ante las autoridades de Venezuela
- Presentar en el Consulado tres (3) copias certificadas de
la Partida de matrimonio (Si desea tener una copia legalizada por la autoridad
Consular, anexar una cuarta copia.
- Cancelar al Consulado de Venezuela la cantidad de 30.00
dólares americanos.
- Anexar copia del Pasaporte de ambos cónyuges.
- Completar el Extracto del Acta de Matrimonio correspondiente.